Intereses de demora en facturas: ¿a cuánto tienes derecho y cómo calcularlos?

Cuando un cliente no paga una factura en el plazo acordado, no solo te debe el importe principal: también puede corresponder el cobro de intereses de demora. Sin embargo, muchas empresas no los reclaman por desconocimiento o por no saber cómo calcularlos. En este artículo te explicamos lo esencial.

¿Qué son los intereses de demora?

Son la compensación económica que tiene derecho a percibir el acreedor cuando el deudor no paga en el plazo pactado o legalmente establecido. En el ámbito B2B, la Ley 3/2004 de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales regula su aplicación.

¿Cuándo se generan automáticamente?

En operaciones entre empresas, los intereses de demora se devengan automáticamente al día siguiente del vencimiento de la factura, sin necesidad de aviso previo ni reclamación formal. No hace falta que el deudor esté en mora declarada: basta con que haya vencido el plazo.

¿Qué tipo de interés se aplica?

La Ley de Morosidad establece un tipo de interés de referencia que el Banco Central Europeo fija dos veces al año (enero y julio), al que se suman 8 puntos porcentuales. Este tipo se publica periódicamente en el BOE y suele situarse entre el 10% y el 14% anual, dependiendo del periodo.

Las partes pueden pactar un tipo diferente en el contrato, siempre que no sea abusivo para el acreedor.

Cómo calcular los intereses

La fórmula básica es:

Intereses = Importe de la deuda × Tipo de interés anual ÷ 365 × Días de retraso

Por ejemplo: una factura de 10.000 € con 90 días de retraso y un tipo del 12% anual generaría aproximadamente 295 € en intereses.

¿Merece la pena reclamarlos?

En importes elevados o retrasos prolongados, sí. Además, la Ley de Morosidad también permite reclamar una compensación fija de 40 € por factura en concepto de costes de cobro, independientemente del importe de la deuda.

Reclamar intereses también tiene un efecto disuasorio: el deudor sabe que el retraso tiene un coste real.

¿Necesitas ayuda para calcular y reclamar lo que te deben?

En GESCODEM incluimos los intereses de demora y la compensación por costes de cobro en todas nuestras reclamaciones. Contáctanos y te decimos exactamente a cuánto tienes derecho.

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