Es una situación frustrante y más frecuente de lo que debería ser: prestas un servicio, entregas un trabajo, y cuando llega el momento de cobrar el cliente alega que no era lo que había pedido, que la calidad no era la esperada o que hay discrepancias con lo acordado. Y concluye que no va a pagar.
Esta excusa es, en muchos casos, una estrategia para evitar el pago o ganar tiempo. Pero incluso cuando hay una discrepancia real, eso no da derecho automático al cliente a no pagar.
Lo que dice la ley
Una disconformidad con el servicio prestado no extingue automáticamente la obligación de pago. Para que una reclamación de este tipo tenga validez legal, el cliente debe:
- Haberla comunicado en el momento oportuno, no cuando se le reclama el pago meses después.
- Acreditarla de alguna forma: qué no se cumplió, en qué medida y cuál es el perjuicio concreto.
- Haber dado oportunidad de subsanación si el defecto era corregible.
Si el cliente aceptó el trabajo, no manifestó disconformidad en su momento y ahora la alega para no pagar, su posición legal es débil.
Cómo documentarte para reclamar
- Acuerdo inicial por escrito: presupuesto aceptado, correo de confirmación, contrato. Define qué se encargó.
- Entrega o prestación documentada: correo de envío, acuse de recibo, acceso a la plataforma, albarán firmado.
- Ausencia de reclamación previa: si el cliente no se quejó hasta que llegó la factura, eso cuenta.
- Comunicaciones posteriores: si en algún momento el cliente agradeció el trabajo, lo mencionó positivamente o pidió más trabajo, son argumentos a tu favor.
Qué hacer paso a paso
- Responder por escrito a la disconformidad, rebatiendo los argumentos con documentación y dejando claro que la deuda sigue siendo exigible.
- Proponer una solución razonable si hay algo de fondo real: una pequeña compensación o ajuste puede ser más eficiente que un litigio.
- Requerir el pago formalmente si no hay respuesta o la disconformidad es claramente infundada.
- Iniciar procedimiento judicial si es necesario: un juez valorará la documentación de ambas partes y decidirá.
No estar satisfecho con un trabajo no es lo mismo que no tener que pagarlo. La disconformidad hay que acreditarla, y tiene que ser proporcionada al impago que se pretende justificar.
¿Tu cliente alega disconformidad para no pagar y no sabes cómo actuar? Cuéntame el caso y valoramos qué posición tienes.